La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) presentó ante la Corte Constitucional un informe que revela uno de los mayores escándalos de corrupción en el sistema sanitario colombiano. Entre 2018 y 2023, se detectaron cobros por más de 2,3 billones de dólares por atenciones médicas facturadas a 471.480 personas que ya habían fallecido.
Este descubrimiento, incluido dentro del proceso de revisión de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), evidencia una red de facturación fraudulenta que afecta gravemente la sostenibilidad económica y la transparencia del sistema de salud, tanto en el régimen contributivo como en el subsidiado.
El año 2021 resultó ser el más crítico, con $699.480 millones de pesos en cobros irregulares. De ese total, el 52% corresponde al régimen contributivo, lo que demuestra que las irregularidades abarcan tanto a entidades públicas como privadas.
Uno de los aspectos más insólitos del informe es que se encontraron registros de servicios médicos reportados hasta 26 años después del fallecimiento de algunos usuarios.
Las principales Entidades Promotoras de Salud (EPS) señaladas en el documento son:
- Sura: 50.404 casos – $684.989 millones
- Compensar: $418.970 millones
- Savia Salud: $261.580 millones
Además, Coosalud aparece involucrada en un caso extremo, al haber reportado la atención médica de un paciente más de dos décadas después de su muerte.
El informe detalla que el 31,21% de los casos fueron facturados entre dos días y un mes después del fallecimiento. Asimismo, 4.666 personas recibieron supuestamente atención médica más de un año después de morir, 1.172 casos superaron los 10 años, y 29 registros reflejan servicios posteriores a 20 años del deceso.
Los procedimientos médicos encabezan la lista de irregularidades, acumulando 382.864 registros fraudulentos por un valor aproximado de $1,6 billones. Detrás de ellos se encuentran los cobros por hospitalizaciones, exámenes de laboratorio y programas preventivos, que también forman parte del esquema de facturación indebida.
De acuerdo con la normativa vigente, las EPS e IPS solo están autorizadas a cobrar servicios prestados hasta el momento del fallecimiento del paciente, además de tener la obligación de reportar la defunción en un plazo máximo de cinco días hábiles. Sin embargo, las cifras de la ADRES revelan un incumplimiento generalizado de estos controles, acompañado de una evidente falta de supervisión y auditoría interna por parte de las entidades responsables.
El presidente Gustavo Petro calificó el caso como “un hecho de máxima gravedad”, señalando que este tipo de prácticas reflejan la urgente necesidad de depurar y transformar a fondo el sistema de salud colombiano.
El informe fue entregado oficialmente a la Corte Constitucional, que actualmente evalúa los resultados en el contexto de la revisión de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), el mecanismo mediante el cual se asignan los recursos destinados a la prestación de servicios médicos en el país.



